martes, 5 de junio de 2012

Articulo 103 

Tutelaridad de las leyes detrabajo

este articulo se refiere a que las leyes entre los empleadores y el trabajo son protegidas o mejor dicho favoreceran a los trabajadores en los ambitos economicos y sociales, en el caso de los trabajadores agricolas se tomaran en cuenta todas las necesidas.

Todos los problemas convenientes al trabajo estaran en jurisdiccion privativa esto queire decir que que se aplicara el derecho en ese caso de un modo privado o no publico,y estas aplicaran las normas correspondientes a este caso.


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